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Viernes, 3 de Mayo de 2024
Resuelve el TEEG dos procedimientos especiales sancionadores y un juicio electoral – Observatorio Informativo

Resuelve el TEEG dos procedimientos especiales sancionadores y un juicio electoral

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Guanajuato, Gto., 12 de abril de 2024. En sesión pública el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió dos procedimientos especiales sancionadores y un juicio electoral.

El expediente TEEG-PES-15/2024 lo inició un partido político, contra un presidente municipal por vulnerar los derechos de la niñez al realizar una publicación en su cuenta de Facebook donde aparecen personas menores de edad.

El Tribunal por mayoría de votos declaró inexistencia de la infracción a la ley porque si bien se comprobó la publicación y la aparición de personas menores de edad, no se acreditó que tuviera propaganda política o electoral; sin embargo, se hizo de conocimiento a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, para que determine si hay alguna falta en su competencia.

En el asunto TEEG-JE-07/2024 una ciudadana simpatizante de Morena, se inconformó con el acuerdo emitido por del IEEG en el cual desechó su denuncia dentro del procedimiento especial sancionador 37/2024-PES-CG, con el argumento de ser solo simpatizante de un partido.

El Tribunal confirmó la decisión del Instituto, porque la demandante no demostró estar en el ejercicio de un cargo público de elección popular o ser integrante de un órgano máximo de dirección electoral tal y como lo exige la ley para poder dar trámite a su inconformidad por esta vía.

El expediente TEEG-PES-14/2024 lo inició Morena contra el PAN y su secretaria de promoción política de la mujer; así como contra la presidenta municipal de León y su administradora del perfil de Facebook por actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y de imágenes de personas menores de edad en propaganda político-electoral por la publicación del evento denominado “Mi barrio habla” en el Facebook de la alcaldesa.

El Tribunal declaró por mayoría de votos inexistencia de la infracción a la ley porque si bien el evento denunciado se celebró con recursos públicos, fue parte de las actividades del gobierno municipal, no incluyó referencias personales ni a un proceso electoral por lo que se le consideró como propaganda gubernamental; sin embargo se hizo de conocimiento de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato para que analice si se cometió alguna falta contra las personas menores de edad.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, María Dolores López Loza, presidenta de este Tribunal y titular de la Primera Ponencia; Yari Zapata López, titular de la Segunda Ponencia; el magistrado titular de la Tercera Ponencia, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como el secretario general, Juan Antonio Macías Pérez.

 

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