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Viernes, 3 de Mayo de 2024
Incumple el PT con obligación de informarle al IEEG el procedimiento para elegir sus candidaturas para renovar los ayuntamientos – Observatorio Informativo

Incumple el PT con obligación de informarle al IEEG el procedimiento para elegir sus candidaturas para renovar los ayuntamientos

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Guanajuato, Gto., 29 de noviembre de 2023.- De los partidos políticos representados ante el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, (IEEG) el del Trabajo (PT) no cumplió con la obligación legal de informarle  el procedimiento a utilizar en la elección de sus candidaturas para la renovación de los ayuntamientos.

En sesión extraordinaria del Consejo General del instituto, la consejera presidenta, Brenda Canchola Elizarrarás, informó que ley estatal electoral establece que la información que debió haber proporcionado el PT a más tardar el 14 de noviembre es la siguiente:

– Definición de los mecanismos por los que se garantice la participación de aspirantes que pretenden postularse para una elección consecutiva.

– Criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a presidencias municipales, sindicaturas y regidurías.

– La definición de los distritos y municipios en que se postularán mujeres.

– Fecha de inicio del proceso interno.

– Método o métodos que serán utilizados.

– Fecha para la expedición de la convocatoria correspondiente.

– Los plazos que comprenderá cada fase del proceso interno.

– Los órganos de dirección responsables de la conducción y vigilancia del proceso interno.

– La fecha de celebración de la asamblea electoral interna.

Además, deben contener de la definición de los municipios en que se postularán mujeres y las comunicaciones deberán contener los bloques de municipios de votación alta, media y baja, así como las postulaciones que, en cada uno de éstos, deben corresponder a mujeres y hombres.

Por tal motivo, por conducto de la Secretaría Ejecutiva del IEEG se requerirá al Partido del Trabajo para que, dentro del plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación del requerimiento respectivo entregue esa documentación.

Asimismo, se dará vista a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral del Instituto para que, con fundamento en el artículo 346, fracción I, de la ley electoral local, en ejercicio de sus atribuciones, realice las investigaciones necesarias y sustancie el procedimiento que corresponda.

Por su parte el PAN, PRI, PRD, Partido Verde, Movimiento Ciudadano y Morena sí cumplieron con los requisitos señalados.

 

 

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