Divulgar el número de dosis de vacunas contra Covid-19 que hayan caducado no pone en riesgo la seguridad nacional: SCJN

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* Además, ello no genera un incumplimiento de las condiciones confidenciales de los contratos celebrados para la adquisición de las vacunas
CDMX 31 de agosto de 2023.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es infundado el recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de la resolución del 29 de junio de 2022, emitida por el Instituto Nacional de Acceso a la Información al resolver a su vez un recurso de revisión, donde instruyó a la Secretaría de Salud a entregar la información concerniente al número de dosis de vacunas contra el virus SARS-COV-2 que hayan caducado antes de ser administradas, junto con los datos del lote y la empresa farmacéutica.

La Corte confirmó la resolución del INAI, al concluir que no se advierte que la divulgación de esa información pueda comprometer la seguridad nacional, obstaculizando el combate a la epidemia del virus SARS-CoV-2; ni generar un incumplimiento de las condiciones confidenciales del contrato y tampoco que su divulgación permita a los grupos de delincuencia organizada conocer la ubicación y destino que se le da a las vacunas no empleadas.
Aunado a ello, el Pleno destacó que las autoridades federales, a través de diversos medios, han dado a conocer información relacionada con los lotes de producción de las vacunas aplicadas, la cantidad de dosis fabricadas y las empresas farmacéuticas responsables del suministro, como se observa en la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

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