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Domingo, 5 de Mayo de 2024
La UNAM ya podrá invalidar certificados, títulos profesionales y grados obtenidos deshonestamente – Observatorio Informativo

La UNAM ya podrá invalidar certificados, títulos profesionales y grados obtenidos deshonestamente

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CDMX 10 de abril de 2023.- El Consejo Universitario aprobó una serie de modificaciones y adiciones a diversos ordenamientos de la legislación de esta casa de estudios para garantizar la integridad y honestidad académica y prevenir o, en su caso, proceder en contra de faltas a este principio universitario en sus diferentes vertientes.

En sesión extraordinaria, el Consejo hizo reformas al Estatuto General que, en su artículo 5, señala que la Universidad Nacional puede ahora declarar la nulidad absoluta de certificados, títulos profesionales y grados, cuando los requerimientos académicos y éticos no hayan sido cubiertos de forma cabal.

Luego de destacar su absoluta convicción de que la inmensa mayoría de los estudiantes y profesores actúan apegados perfectamente a los principios académicos, el rector Enrique Graue Wiechers se refirió a la importancia de las modificaciones a las normas universitarias, que subsanan un vacío legislativo.

Estos cambios, agregó el rector, irán acompañados de diversas acciones preventivas todavía más sólidas.

“No nos debe volver a suceder que no se tengan los mecanismos para conducir circunstancias lamentables como esas”, afirmó.

Entre las modificaciones al Estatuto General de la UNAM se establece que antes de iniciar sus trámites de titulación los y las alumnas deberán firmar la protesta universitaria de integridad y honestidad, en la que aceptan actuar de manera ética y conforme a los valores universitarios, ya que en caso contrario su título podrá ser anulado, de acuerdo con la fracción V del artículo 87.

Además, asienta que los profesores serán responsables por el incumplimiento de integridad y honestidad académica en la supervisión y seguimiento de pruebas, exámenes, tesis, así como trabajos y artículos académicos, de manera especial los que son necesarios para cualquier forma de titulación u obtención de grado, señala la fracción III del artículo 96.

También se precisa que el alumno, graduado o cualquier persona que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta para la titulación o examen de grado, se someterá a proceso de revisión y, en su caso, se procederá a la nulidad del examen sustentado, de acuerdo con la fracción III del artículo 97 del mismo ordenamiento.

Las modificaciones contemplan también la expulsión definitiva de la Universidad de aquel alumno o alumna en los casos que la gravedad lo amerite; sin embargo, se prevé que en situaciones en que sea declarada la anulación de un título, el o la estudiante podrá optar por alguna otra forma de titulación, siempre y cuando el consejo técnico correspondiente así lo considere.

La Universidad continuará actuando como una institución de buena fe, pero estas modificaciones contienen mecanismos de prevención y sancionatorios, que representan una respuesta contundente ante la problemática que se vive actualmente en las instituciones de educación superior.

 

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