Invalida la SCJN cobros por búsqueda de información en Morelosm Quintana Roo e Hidalgo

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Pleno del Congreso del Estado de Morelos.

Pleno del Congreso del Estado de Morelos.

* Las disposiciones resultaban violatorias del principio de proporcionalidad tributaria
CDMX 26 de agosto de 2023.- Como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por el Poder Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, invalidó diversas disposiciones de ordenamientos de los estados de Morelos, Quintana Roo e Hidalgo, las cuales preveían contribuciones por concepto de búsqueda de información.
La Corte determinó que los preceptos resultaban violatorios del principio de proporcionalidad tributaria, el cual exige que las tarifas respectivas guarden una relación razonable con el costo del servicio y los materiales utilizados, lo que no ocurría en estos casos, pues la búsqueda de documentos no requiere el uso de recursos extraordinarios, al resultar suficiente que el funcionario encargado la realice como parte de sus propias funciones.

Por ello, el Pleno invalidó diversos preceptos de las Leyes de Ingresos para el ejercicio 2023, de diversos municipios de los estados de Morelos e Hidalgo, así como de la Ley de Hacienda del municipio de Bacalar, estado de Quintana Roo, los cuales preveían el cobro de derechos por la búsqueda de documentos en sus archivos, sin que estuvieran vinculados al ejercicio del derecho de acceso a la información.
Finalmente, en el caso de las leyes de los estados de Morelos e Hidalgo, al tratarse de disposiciones de vigencia anual, La Corte conminó a sus congresos para que, en lo futuro, se abstengan de emitir normas con el mismo vicio de inconstitucionalidad.

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