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Viernes, 3 de Mayo de 2024
Hay lentitud para resolver los procedimientos sancionadores: Luis Gabriel Mota; Se resuelven a tiempo: Brenda Canchola – Observatorio Informativo

Hay lentitud para resolver los procedimientos sancionadores: Luis Gabriel Mota; Se resuelven a tiempo: Brenda Canchola

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Guanajuato, Gto., 20 de agosto de 2023.- En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), el consejero Luis Gabriel Mota señaló que existe mucha lentitud para analizar y resolver los procedimientos electorales, a lo que la consejera presidenta, Brenda Canchola Elizarrarás, contestó que se acuerdan dentro de los plazos legales.

Luis Gabriel Mora hizo su pronunciamiento lo hizo al abordarse el resolutivo referente a que Libia Denisse García Muñoz Ledo, en sus tiempos de secretaria de gobierno, y la alcaldesa de León, Alejandra Gutiérrez Campos, no incurrieron en actos de promoción personalizada ni utilizaron recursos económicos en sus aspiraciones para ser candidatas a gobernadora

“Es para manifestar que estoy a favor del proyecto de acuerdo y sólo para reiterar, como lo hice en la comisión de quejas y denuncias cuando se vio este tema: el 10 de julio de 2023 hice notar lo lento que ha sido la sustanciación en los procedimientos sancionadores. Este asunto se presentó el 3 de junio de 2022 y del 31 de agosto de 2022, fecha de la última diligencia y hasta el 27 de febrero de 2023, fecha en que se emplazó a las partes, el expediente durmió el sueño de los justos”.

Desde su punto de vista, debe haber más agilidad la resolución de los procedimientos sancionadores para no violar principios constitucionales.

“Medio año de inactividad que violenta el principio constitucional de expedités, un año y dos meses para resolver un asunto que desde el contenido de las oficialías electorales se evidenciaba que era improcedente porque las imágenes no eran promoción personalizada.

Por su parte Brenda Canchola recordó que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral es la responsable de sustanciar tanto los procedimientos especiales como los ordinarios sancionadores y lo hace en el tiempo establecido por la ley:

“El plazo que tiene la unidad sancionadora para perder su facultad sancionadora en el caso de los procedimientos sancionadores ordinarios es de dos años; en el caso de los procedimientos especiales sancionadores es de un año para poder estar en posibilidad de llevar a cabo la sustanciación y la tramitación de cada uno de los procedimientos”.

Agregó que para la denuncia formulada por Morena en contra de Libia Denisse García Muñoz Ledo y Alejandro Gutiérrez Campos se analizaron y certificaron 432 ligas electrónicas de redes sociales, a lo cual se sumó el poco personal que tiene la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral.

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