Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados aprobó dictámenes sobre ahorro de trabajadores, gastos funerarios y retiro de Afore

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CDMX 16 de febrero de 2024.- La Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados aprobó tres dictámenes que proponen incrementar el ahorro solidario de los trabajadores, implementar campañas de comunicación sobre la vigencia de la ayuda para gastos funerarios, y sobre retiro de ahorros de la Afore y subcuentas para los trabajadores que tienen enfermedad terminal.

Las reformas, avaladas en reunión de trabajo, son a las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y del Seguro Social.

Incremento porcentual de ahorro de los trabajadores

El primer dictamen, aprobado por 12 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones, modifica el primer párrafo del artículo 100 de la Ley del Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para establecer que los trabajadores podrán optar por que se les descuente hasta el cuatro por ciento de su sueldo básico para ser acreditado en la Subcuenta de Ahorro Solidario que se abra al efecto en su cuenta individual.

La diputada Angélica Ivón Cisneros Luján refirió que actualmente dicho artículo estipula hasta un dos por ciento; entonces, “el motivo del dictamen es pasar del dos al cuatro por ciento, siempre y cuando así lo desee el trabajador. No es un tema obligatorio”.

Estimó que con ello se fomenta la cultura financiera del ahorro y se fortalecen las pensiones, ya que con dicha medida la cantidad mensual que pudiera llegar a recibir una persona trabajadora en sustitución de su salario podrá ser mayor, considerando su propio ahorro de carácter voluntario.

Ayuda para gastos funerarios

Con 17 votos a favor, se aprobó el proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo trigésimo transitorio a la Ley del Seguro Social, para implementar campañas de comunicación sobre la vigencia de la ayuda para gastos funerarios.

La reforma establece que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá tomar acciones de comunicación continuas para informar a la población derechohabiente y familiares sobre el derecho y la vigencia para recibir la ayuda por gastos funerarios a los que se refiere el artículo 104 de la ley.

Este artículo señala que cuando fallezca un pensionado o un asegurado que tenga reconocidas cuando menos doce cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al fallecimiento, el Instituto pagará a la persona, preferentemente familiar del asegurado o del pensionado, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los gastos de funeral, una ayuda por este concepto que consiste en dos meses del salario mínimo general que rija en la Ciudad de México en la fecha del fallecimiento.

Retiro de ahorros de trabajadores

Por unanimidad se avaló adicionar una fracción III al artículo 191 de la Ley del Seguro Social, en materia de retiro de ahorros de la Afore y subcuentas para los trabajadores con enfermedad terminal.

El dictamen establece que durante el tiempo en que el trabajador deje de estar sujeto a una relación laboral, tendrá derecho a retirar el saldo de su Cuenta Individual en una sola exhibición, derivado de una enfermedad terminal y previo dictamen médico de entidad de salud pública, conforme a las reglas de carácter general que al efecto expida la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

 

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