Aprueba la Cámara de Diputados expedir Ley General de Operación de los Registros Civiles

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* Armoniza y homologa sus procedimientos en el territorio nacional y en el exterior

CDMX 15 de marzo de 2023.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que expide la Ley General de Operación de los Registros Civiles, para garantizar el derecho a la identidad de las personas y el acceso a los servicios que proporcionan, así como a los documentos y constancias en los que conste su identidad jurídica.

Con 311 votos a favor, 131 en contra y 17 abstenciones, se aprobó en lo general; el documento establece los mecanismos para garantizar el derecho de toda persona mexicana a ser registrada después de su nacimiento.

Fija las normas, bases y principios que armonicen y homologuen la organización, funcionamiento y procedimientos de los Registros Civiles en el territorio nacional y en el exterior conforme a la legislación federal que corresponda y por cuanto hace a las funciones que en esta materia realizan las Oficinas Consulares de México.

Asimismo, distribuye competencias y concuerda facultades y obligaciones entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno en materia de Hechos o Actos del Estado Civil susceptibles de Registro.

El documento, enviado al Senado de la República para efectos constitucionales, menciona que la inscripción del nacimiento y defunción, las constancias de inexistencia que sean necesarias para llevar a cabo dichas inscripciones, así como la expedición de la primera acta respectiva, serán gratuitas, con independencia de si se trata o no de un registro oportuno.

Resalta que en el ejercicio de la función registral se observarán los principios de publicidad, inscripción, especialidad, consentimiento, tracto sucesivo, rogación, prelación o prioridad, legalidad, legitimación y fe pública registral.

El Registro Civil debe prestar sus servicios con disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, eficacia, eficiencia y rendición de cuentas, respetando los derechos a la igualdad y no discriminación, con un enfoque pluricultural y de respeto a toda forma de diversidad.

Se crea el Consejo Nacional del Registro Civil como el órgano de coordinación interinstitucional para la armonización y homologación de la organización, el funcionamiento y los procedimientos de los Registros Civiles.

Establece el Formato Único en materia de Registro de Población que se utilizará para la inscripción en Libros del Registro Civil de los Hechos o Actos del Estado Civil susceptibles de Registro y con base en el mismo, expedir actas. Dicho formato será emitido por la Secretaría de Gobernación por conducto del mencionado Consejo, el cual deberá asentar la información en español, así como en lenguas indígenas de las que disponga.

Los datos de identidad de la o las personas inscritas, son: nombre o nombres; apellido o apellidos, según corresponda; sexo y género en los términos y variantes que establezca el Consejo; lugar y fecha de nacimiento: nacionalidad o nacionalidades, según corresponda; Clave Única de Registro de Población, y datos biométricos en los términos que establezca la Ley General de Población, conforme al procedimiento y disposiciones que emita la Secretaría de Gobernación.

También crea el Sistema Nacional de Registro e Identidad (SID), la cual será la herramienta informática administrada por la Secretaría de Gobernación, que permite la inscripción y la certificación de los Hechos o Actos del Estado Civil Susceptibles de Registro asentados por las personas titulares de las Oficialías en los Libros del Registro Civil, la gestión de la Clave Única de Registro de Población y la vinculación de los datos biométricos a los que se refiere la Ley General de Población de las personas registradas.

La Secretaría de Gobernación establecerá los mecanismos y requisitos para que las dependencias y entidades del sector público, sector privado y financiero, puedan consultar y validar electrónicamente la información de los registros y datos contenidos en el SID, a través de la consulta a la Base de Datos Nacional del Registro Civil. El resultado de dicha consulta tendrá validez y pleno valor probatorio para acreditar plenamente el registro y estado civil de las personas.

Se protegen los datos biométricos de las y los ciudadanos

El diputado Julio César Moreno Rivera (Morena) indicó que el dictamen es de gran impacto para cerca de 127 millones de mexicanas y mexicanos que residen en el territorio, así como para 21 millones de connacionales que viven en el extranjero; se pretende que solo el gobierno tenga los datos biométricos y no como actualmente pasa, que cualquier particular los tenga; es decir, se pone orden y se protegen esos datos de las y los ciudadanos.

Puntualizó que se busca homologar criterios que otorguen certeza y seguridad jurídica; se da cabal cumplimiento a la armonización de facultades en los tres órdenes de gobierno para estructurar y homologar la organización y procedimientos de los registros civiles, es decir, hacer más expeditos y facilitar los trámites como las solicitudes o rectificaciones.

Rebasa los límites constitucionales

Del PAN, el diputado Marco Humberto Aguilar Coronado mencionó que el dictamen rebasa los límites constitucionales establecidos en los artículos 4º y 73, pues el Congreso de la Unión no tiene facultades para establecer la estructura organizacional de los registros civiles estatales ni para señalar las facultades de atribuciones de su estructura orgánica.

Afirmó que la institución propuesta como herramienta informática a cargo de la Secretaría de Gobernación, significa una clara intromisión del Gobierno Federal en funciones que corresponde a los gobiernos de los estados, bajo el pretexto de homologar procedimientos; parece que la reforma está intentando generar controles a favor de la dependencia que no le otorgó el constituyente y resultan inconstitucionales.

Un millón de personas no cuentan con registro de nacimiento

La diputada Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz (PRI) aseguró que el derecho a la identidad de la persona y su protección son uno de los ejes sobre el cual giran otra serie de derechos que definen a la persona humana. Se estima que, en México, al menos un millón de personas no cuentan con registro de nacimiento y de ellas, más de 600 mil son niñas, niños o adolescentes.

Con el dictamen, expuso, se fortalece la obligación del Estado mexicano para atender a la población y ejercer sus derechos de manera inclusiva y en condiciones de igualdad, sistematiza y homologa criterios sobre los actos registrales, contempla el acceso a formatos únicos en materia de registro de población y certificación, prohíbe calificativos que pueden estigmatizar al registrado, se agilizan y estandarizan los trámites y requisitos en materia civil y se homologan costos.

Vulnera el derecho a la identidad

Braulio López Ochoa Mijares, diputado de MC, argumentó que el dictamen vulnera el derecho a la identidad; se debe establecer qué datos personales se recabarán y para qué fines, sin ello, “el margen para el uso indebido de los mismos es enorme, no hay límite para su obtención ni para su uso; no podemos poner a las y a los mexicanos en ese estado de vulnerabilidad”.

Agregó que no se garantiza la protección de los datos y no se justifica el uso de los datos biométricos ni los fines de contar con ellos; no se señala cuáles datos serán usados, pero sí establece que Gobernación sea quien emita los lineamientos correspondientes; elimina certeza sobre el uso, fines y protección de los mismos, la protección es crucial en la sociedad actual.

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