Acortar plazos para declarar presunción de muerte de una persona desaparecida, propone la diputada Ruth Tiscareño

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Guanajuato, Gto., 18 de febrero de 2024.- Mediante una reforma al artículo 753 del Código Civil del Estado de Guanajuato, la diputada local Ruth Noemí Tiscareño Agoitia propuso que los jueces civiles emitan la declaratoria de presunción de muerte de personas desaparecidas cuando hayan transcurrido dos años sin que se sepa nada de ellas.

Como parte de los altos índices de delictivos que a toda hora se registran tanto a nivel estatal como nacional, es muy común la desaparición de personas, a las que, con base en la ley vigente, se puede establecer la declaratoria de presunción muerte hasta que hayan pasado seis años de no saberse nada de su paradero

“Estas desapariciones fortuitas no son un tema de ahora, ni mucho menos agotado. Se llevan a cabo todos los días, no sólo por la existencia de un alto índice de criminalidad. Es decir, que se deben 100 por ciento por la comisión de un delito, como la desaparición forzada de personas”.

Su iniciativa busca que a solicitud de la parte interesada, un juez pueda declarar la presunción de muerte de una persona desaparecida cuando hayan transcurrido dos años desde la declaración especial de ausencia.

“Regular este tipo de cuestiones fácticas supone atender una necesidad social, donde los intereses que llevan al legislador atender estos acontecimientos son: el interés del ausente, cuyo patrimonio es preciso conservar para que si regresa disfrute de él, así como el interés de los terceros, y muy principalmente de los herederos del ausente, en cuyo favor debe buscarse también la conservación de los bienes”.

Tiscareño Agoitia señaló que las modificaciones al artículo 753 del Código Civil tienen como finalidad dar certeza a familiares de la persona desaparecida para proceder con los trámites administrativos y las acciones jurídicas que acarrea un deceso.

“Dada la presunción de que la ausencia de la personase relaciona con la comisión de un delito y bajo la idea fundamental, donde domina la suposición de que el ausente ha muerto y en el que, partiéndose de esta suposición, todo debe ser arreglado como si efectivamente  se tratara de una persona que ha dejado de vivir”.

La iniciativa fue turnada a la comisión de justicia para su análisis y dictamen.

 

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