Obligar a que paguen sus tratamientos a quienes ocasionen daños a animales , propone la diputada Ruth Tiscareño

No al maltrato animal.

No al maltrato animal.

Guanajuato, Gto., 26 de julio de 2026.- Con el fin de obligar a que quienes ocasionen daños a los animales paguen íntegramente los gastos que generen sus curaciones, prótesis, rehabilitación y demás que se presenten, la diputada priista Ruth Tiscareño Agoitia presentó una iniciativa de ley al respecto.

Para fundamentar su propuesta establece que la Ley estatal para la protección animal sanciona los actos de crueldad y maltrato, incluso prevé responsabilidades administrativas y penales, pero es omisa respecto a quién paga la recuperación de las víctimas del maltrato.

“No basta con castigar al agresor si el animal queda mutilado, requiere cirugías, medicamentos, rehabilitación o atención veterinaria especializada, y esos gastos terminan siendo absorbidos por ciudadanos solidarios, asociaciones protectoras o incluso por las propias autoridades. Esa situación resulta jurídicamente incorrecta, porque quien causa el daño debe asumir también las consecuencias económicas que ese daño genera”.

Además, dijo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación  ha establecido criterios que señalan que los delitos de maltrato y crueldad animal son plenamente constitucionales, ya que se trata de seres que sienten dolor, estrés y sufrimiento.

“Así, esta iniciativa propone incorporar un artículo 23 bis a la ley para la protección animal del estado para establecer expresamente la obligación de toda persona que incurra en actos de crueldad o maltrato de cubrir los gastos derivados de la atención médico-veterinaria, medicamentos, intervenciones quirúrgicas, prótesis, rehabilitación y cualquier otra necesidad indispensable para restablecer, en la mayor medida posible, el bienestar del animal afectado”.

Ruth Tiscareño propone que cuando el responsable del maltrato sea el propio propietario o tutor, la reparación del daño no lo beneficié a él.

“En esos casos, los recursos deberán destinarse a quien efectivamente asumió el rescate, la atención y el cuidado del animal, ya sea una persona denunciante, una asociación protectora o la autoridad competente. Ese diseño normativo evita incentivos perversos y garantiza que la reparación cumpla verdaderamente su finalidad”.

La iniciativa fue turnada a la comisión del medio ambiente para su estudio y dictamen.

 

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