Sólo PAN y PRI aprobaron la reforma electoral; Morena se salió del salón para no votar; Yulma, PVEM y MC lo hicieron en contra

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Guanajuato, Gto., 25 de mayo de 2023.- Con 22 votos a favor y 4 en contra, esta noche el congreso del estado aprobó la reforma a la Ley estatal electoral. En protesta de lo que llamaron arbitrariedad de la mayoría panista, los 8 diputados de Morena se salieron del salón de sesiones mientras se realizaba la votación,

Desde la tribuna legislativa el diputado Cuauhtémoc Becerra González, había expuesto que el Grupo Parlamentario de Morena no podía estar a favor del dictamen porque presenta bastantes inconsistencias, privilegia la agenda política del PAN y excluye más de 20 iniciativas propuestas por las minorías.

Para el desahogo de los 30 puntos enlistados en el orden del día, los diputados se llevaron 11 horas, de las cuales cuatro fueron utilizadas entre la lectura del dictamen, su discusión y la votación de la reforma electoral y dos en un punto de acuerdo presentado por Morena para exhortar al gobernador a que no utilice recursos públicos en lo que afirmaron es una promoción electoral a favor de Libia Denisse García Muñoz Ledo. La propuesta no prosperó.

Quienes votaron a favor de la reforma electoral fueron los 21 diputados del PAN, así como por los priistas Alejandro Arias Ávila, Ruth Tiscareño Agoitia y Gustavo Adolfo Alfaro Reyes, quien preside la comisión de asuntos electorales.

Votaron en contra de ella: Yulma Rocha Aguilar, del PRI; Gerardo Fernández González y Martha Lourdes Ortega, del Partido Verde, así como Dessiré Ángel Rocha, de Movimiento Ciudadano.

“Además de recoger una sola visión y de haberse elaborado de forma precipitada, tanto la iniciativa como el dictamen contienen muchas inconsistencias tanto técnicas como sustanciales. Quizá debido, justamente, a la premura y a la arbitrariedad” subrayo Cuauhtémoc Becerra González, para enseguida señalar:

“Muestra de ello es que el dictamen incluye adicionar y reformar diversos artículos que ni siquiera estaban incluidos en la iniciativa. Un ejemplo de ellos, es la adición de toda una sección relacionada con el registro en línea de candidatos. Ninguno de esos artículos se propuso en la iniciativa”.

Cambian de septiembre a noviembre

el inicio del proceso electoral

Entre las reformas aprobadas se encuentran las siguientes:

* El Consejo General del Instituto Estatal Electoral se instalará para la preparación del proceso electoral dentro del plazo del 25 al 30 de noviembre del año anterior a aquel en que se celebren las elecciones locales ordinarias. A partir de esa fecha y hasta la conclusión del proceso, el Consejo General sesionará por lo menos una vez al mes

* Los consejeros electorales de los órganos distritales serán nombrados por el Consejo General que deberá recabar las propuestas de los partidos políticos y grupos organizados de la sociedad civil. La presidencia del Consejo General formará una lista de por lo menos ocho nombres, preferentemente de residentes de alguno de los municipios que conforman el distrito, y con votación de la mayoría de sus miembros se designará a los consejeros electorales y a sus suplentes.

* Los consejos distritales electorales se instalarán a más tardar la última semana del mes de diciembre del año que antecede al de la elección ordinaria. A partir de su instalación y hasta la conclusión del proceso, sesionarán por lo menos una vez al mes.

* Los consejos municipales electorales se instalarán a más tardar la última semana del mes de diciembre del año previo al de la elección ordinaria. A partir de su instalación y hasta la conclusión del proceso sesionarán por lo menos una vez al mes.

* El registro de candidatos será preferentemente a través del Sistema Electrónico en Línea del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato. El Consejo General emitirá las disposiciones normativas para la implementación del Sistema Electrónico en Línea.

* El Consejo General emitirá, a más tardar el 30 de noviembre del año previo a la elección, la convocatoria dirigida a los ciudadanos interesados en postularse como candidatos independientes, señalando los cargos de elección popular a los que pueden aspirar, los requisitos que deben cumplir, la documentación comprobatoria requerida, los plazos para recabar el apoyo ciudadano correspondiente, los topes de gastos que pueden erogar y los formatos para ello.

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