Sentencia el TEEG al diputado Gerardo Fernández González por violencia política en agravio de una diputada

Guanajuato, Gto., 20 de agosto de 2024.- Por haberlo encontrado culpable de violencia política en contra de las mujeres en razón de género, el coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Gerardo Fernández González, fue sentenciado por el Tribunal Estatal Electoral de  Guanajuato (TEEG).

Por tal motivo determinó aplicarle una multa económica e imponerle como medidas de reparación integral: emitir una disculpa pública a la afectada, la publicación de una síntesis de la sentencia, tomar un curso sobre el tema de violencia política en contra de las mujeres en razón de género y la inscripción de su nombre en el registro estatal y nacional de personas sancionadas por este tipo de faltas.

Al dar lectura al proyecto de sentencia, el secretario coordinador de la tercera ponencia, José Ricardo Aguilar Torres, expuso que la víctima fue una diputada que en la fecha de los hechos ocupaba la presidencia de la mesa directiva del congreso del estado y con esa investidura determinó suspender una sesión.

“La denunciante se quejó de que a raíz del diferimiento de una sesión del congreso, el diputado mencionado realizó tres publicaciones en su red social manifestando su inconformidad, más que en ellas enfatizó que la suspensión de la sesión se había llevado a cabo por un capricho de ella, como presidenta del órgano legislativo. Además, al inspeccionarse tal publicación se advirtió un comentario de la persona emplazada, que también se estimó que podría constituir violencia política en perjuicio de la quejosa”.

De las tres publicaciones materia de la queja, sólo en una encontró elementos de  violencia política en contra de las mujeres en razón de género; en las otras dos no porque sólo fueron expresiones propias porque pospuso una sesión y en la otra que había cambiado de presidencia la mesa directiva.

“La que, aunque acompañó de un emoly sonriente, no se considera más allá de la crítica y manifestación de un estado de ánimo. Sólo en la tercera es en la que se estima configurada la falta denunciada por haber utilizado una palabra que perpetúa estereotipos de género que descalifica a la quejosa, la infantiliza y la coloca como quien toma decisiones basada en estado de ánimo y no en razonamiento”.

Cristina Márquez Alcalá, de la bancada del PAN, es quien promovió el proceso especial sancionador en contra de Gerardo Fernández González.

 

 

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