Resuelve el TEEG un juicio para la protección de derechos políticos y tres procedimientos especiales sancionadores

TEEG Pleno 6I25

Guanajuato, Gto., 9 de enero de 2025. En sesión pública, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía y tres procedimientos especiales sancionadores.

El expediente TEEG-JPDC-134/2024 lo inició un ciudadano en contra de un acuerdo emitido la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, el cual desechó su denuncia al considerarla presentada fuera del tiempo establecido por la ley.

El Tribunal revocó el acuerdo del partido, porque dicha denuncia se refería al incumplimiento de la normativa por parte de una persona militante y no respecto a un acto emitido por alguna de sus autoridades; lo que, en la reglamentación de Morena, establece tiempos distintos para la presentación de una queja; de manera que se realizó una valoración errónea al determinarla presentada fuera de tiempo, asumiendo que se trataba de una queja contra un acto de una autoridad.

El asunto TEEG-PES-139/2024 lo inició una regidora de un ayuntamiento en contra de quien o quienes resultaran responsables por dos publicaciones difundidas en el perfil “El Ojo de Don Quijote” de Facebook, al considerar que constituyeron violencia política en razón de género en su contra.

El Tribunal dio por concluido el Procedimiento Especial Sancionador; sin embargo, determinó la existencia de la violencia denunciada e impuso medidas de reparación integral del daño, porque no se logró identificar a las personas responsables de las publicaciones; pero al estudiar su contenido se comprobó en una de ellas la intención de dañar la imagen pública de la denunciante con base en estereotipos de género que pretenden encasillar a las mujeres como encargadas del cuidado y protección de hijas e hijos, elementos que no están respaldados por la libertad de expresión y atentan contra la dignidad e igualdad de la funcionaria y en general de las mujeres.

El TEEG-PES-181/2024 lo inició el PAN en contra de Morena, de una diputada local, también candidata a la presidencia municipal de Irapuato por dicho partido, así como de la persona administradora de una red social, por promoción personalizada, actos anticipados de campaña y uso indebido de recursos públicos realizados mediante diversas publicaciones en internet y Facebook.

El Tribunal declaró inexistentes las infracciones electorales, respecto al partido y la candidata porque se acreditó que las publicaciones en la red social las hizo como ciudadana en ejercicio de su libertad de expresión sin referir su cargo como funcionaria, ni como candidata y en su perfil personal; en cuanto a las manifestaciones en un portal de internet no fue posible demostrar su existencia y finalmente respecto a la persona administradora del otro perfil de Facebook denunciado no se comprobó que tuviera esta calidad.

El expediente TEEG-PES-141/2024 lo inició el PAN en contra de Morena y de su entonces candidato a la presidencia municipal de Comonfort; por la publicación en su perfil de Facebook, diversas fotografías en las que se hacía uso de la imagen de personas menores de edad durante la entrega de propaganda electoral en un periodo no permitido.

El Tribunal declaró inexistencia de la infracción, porque si bien se comprobaron las fotos, éstas no son de materia electoral ya que no refieren a una candidatura ni hay frases que inviten a votar o no por una opción política; por tanto, no son aplicables los lineamientos de esta materia.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron presentes Yari Zapata López, magistrada presidenta de este Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; los magistrados por ministerio de ley, Juan Antonio Macías Pérez, titular de la Primera Ponencia y Alejandro Javier Martínez Mejía, titular de la Tercera Ponencia; así como la secretaria general en funciones, Luz Angélica Padilla García.

 

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