Propone el diputado Arias crear ley estatal de prevención, tratamiento, control de las adiciones y rehabilitación

Guanajuato, Gto., 27 de marzo de 2025.- Ante los problemas que generan la desmesurada proliferación de los llamados anexos, así como por la necesidad de que estos existan, el coordinador del Grupo Parlamentario del PRI en el congreso local, Alejandro Arias Ávila, presentó una iniciativa con el fin de crear la ley estatal de prevención, tratamiento, control de las adiciones y rehabilitación.
“En principio se debe recalcar que el consumo de alcohol, drogas y tabaco, principalmente entre nuestra niñez y juventud de nuestro país y de nuestro estado, es un grave problema, que debe ser atendido desde varias aristas, a través de programas, políticas o planes gubernamentales en los tres niveles de gobierno. Una de las aristas es la rehabilitación”.
Para nadie es desconocido –dijo- que de una forma u otra los grupos delincuenciales tienen, o pudieran tener, alguna injerencia en esos establecimientos.
“Tomando en consideración que la delincuencia organizada ha tomado a nuestra juventud adicta como un material propicio para ofrecerlo como carne de cañón en sus actividades delictivas, los que no en pocas ocasiones son focalizados en los Centros de Rehabilitación, mejor conocidos como anexos, lo cual debemos combatir para tratar de remediar desde nuestra tarea legislativa”.
Durante años, con absoluta complacencia de las autoridades, Guanajuato registra severa problemática por el descontrolado incremento de anexos, los que en muchos casos representan alto riesgo para la vida de los internos, sobre todo si son jóvenes.
“Pues la proliferación e incremento desmesurado de estos espacios para internación de personas con problemas de alcoholismo y dependencia a la drogadicción y comorbilidad, principalmente en el ámbito privado, está lejos de solo tener fines de rehabilitación, sino que también se ha constituido como un mero negocio de los propietarios de los inmuebles donde se instalan, pues pareciera que lo que menos les interesa es su recuperación. Y que ofrecen el servicio sólo por las cuotas que recuperan”.
A través de sus redes sociales, familiares de estas personas, al igual que medios de información, han publicado los pésimos servicios, incluso atrocidades, que imperan en ellos
“Así, son constantes las noticias, información y quejas sobre las deficiencias de infraestructura de los lugares, la ausencia de higiene, adecuada alimentación, carencia de personal profesional, cuotas excesivas, hacinamiento, malos tratos, violencia y violaciones constantes a los derechos humanos de los usuarios”.
La iniciativa está integrada por 7 títulos, 23 capítulos, 104 artículos, cinco transitorios y propone lo siguiente:
1.- La creación de una Comisión Interdisciplinaria que coordine las acciones de las diferentes dependencias estatales involucradas en la prevención y el tratamiento de las adicciones.
2.- Los principios que regulan la aplicación de la ley.
3.- La asignación a la Secretaría de Salud de la función como el órgano rector encargado de autorizar, registrar, supervisar y controlar el funcionamiento de los centros de rehabilitación. Así como el involucramiento de los Ayuntamientos Municipales como órganos auxiliares en la supervisión y sanción.
4.- El establecimiento de requisitos claros y transparentes para la operación de estos centros, incluyendo la capacitación del personal, la infraestructura adecuada, los protocolos de seguridad y los programas de tratamiento basados en evidencia científica.
5.- La regulación de los derechos de los usuarios o adictos, incluyendo el acceso a la información, el consentimiento informado, la confidencialidad, el respeto a su dignidad y la prohibición de cualquier forma de maltrato o discriminación.
6.- La garantía de tratamientos por personal profesional y con base en las Normas Oficiales Mexicanas.
7.- La más amplia protección a la niñez adicta y separación por género.
8.- La creación de mecanismos de supervisión y control que permitan a las autoridades verificar el cumplimiento de la ley y sancionar a quienes la infringen, incluso con la clausura.
9.- La prohibición al hacinamiento, discriminación y vejaciones, tratos violentos hacia los usuarios.
10.- La regulación de revisiones por parte de autoridades de seguridad pública y de búsqueda de desaparecidos.
11.- El fomento de la reinserción social de las personas rehabilitadas a través de programas de capacitación.
12.- La exigencia del seguro contra accidentes para los usuarios que se encuentren internados.
13.- La instalación de un sistema de videograbación permanente para contar con evidencia de la actividad del Establecimiento
14.- La regulación de objetos y bienes otorgados por la familia, así como la vigilancia exterior del Centro.