Ordena el TEEG inscribir nombre de Alfredo Canchola Ortiz en los registros de violentadores políticos de mujeres
Pleno del TEEG.
Guanajuato, Gto., 20 de agosto de 2026.- Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) aprobó inscribir un año y seis meses en los Registros Estatal y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género el nombre de Alfredo Canchola Ortiz, administrador de un perfil de Facebook.
Al dar lectura al proyecto de sentencia la secretaria de la Tercera Ponencia, Marisol Jiménez Martínez, expuso que lo anterior se deriva de un procedimiento especial sancionador
“Iniciado con motivo de la vista que dio la Fiscalía General del Estado de Guanajuato a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, derivada de una denuncia por la posible comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género, atribuida a Alfredo Canchola Ortiz, en perjuicio de una presidenta municipal en Guanajuato”.
La secretaria Marisol Jiménez estableció que el magistrado de la Tercera Ponencia, Pablo Roberto Sharpe Calzada, encontró evidencias suficientes que acreditan la culpabilidad de Alfredo Canchola Ortiz.
“Respecto de tres videos difundidos en Facebook, pues las expresiones presentan a la denunciante como objeto de posesión sexual, le imponen un modelo de comportamiento, valoran y sexualizan su cuerpo, proponen actos de violencia física en su contra y muestran la dignidad masculina como fuente de autoridad. Estos estereotipos desplazaron la crítica sobre la gestión municipal, menoscabando su imagen, autoridad y derecho a ejercer la presidencia municipal en condiciones de igualdad y libre de violencia”.
El magistrado calificó la infracción como grave ordinaria, por lo que propuso imponerle al denunciado una amonestación pública, así como inscribir su nombre en los citados registros.
“Como medidas de reparación y no repetición, previa consulta a la denunciante, se ordena una disculpa pública de viva voz mediante un video visible durante 21 días en el mismo perfil de Facebook; abstenerse de reproducir expresiones estereotipadas o sexualizadas y acreditar capacitación para contribuir a la eliminación de la violencia en contra de las mujeres”.
En otro punto de la sesión, el el Pleno del Tribunal resolvió un juicio de la ciudadanía, referente a que Gabriel Mata González, regidor de Dolores Hidalgo, denunció que las respuestas que recibió a distintas solicitudes de información -dirigidas a personas servidoras públicas del ayuntamiento- afectaban su derecho a ejercer el cargo, pues le impedían realizar sus funciones de fiscalización y vigilancia.
Por unanimidad, el Tribunal determinó que no hubo obstáculos para que el regidor hiciera su trabajo, ya que no se le negó el acceso a la información, esta se puso a su disposición para consultarla directamente. Que no se le entregara de la forma en que la pidió no significó una limitación para realizar sus labores.
Sin embargo, para garantizar de manera más amplia su derecho de acceso a la información, el Tribunal ordenó a las autoridades responsables entregarle una reproducción de la versión pública de lo que pidió.
En la sesión pública participaron Yari Zapata López, magistrada presidenta del Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; Juan Antonio Macías Pérez, magistrado titular de la Primera Ponencia; Pablo Roberto Sharpe Calzada, magistrado titular de la Tercera Ponencia; así como Alejandro Javier Martínez Mejía, secretario general.
