Multará el SAT con más de 11 mil pesos a quienes no habiliten y actualicen el buzón tributario antes del 1 de enero

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CDMX 20 de diciembre de 2024.El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido una advertencia contundente para las y los contribuyentes: quienes no habiliten y mantengan actualizado su Buzón Tributario antes del 1 de enero de 2025, enfrentarán multas que podrían superar los 11,000 pesos. Esta medida busca reforzar la comunicación directa entre la autoridad fiscal y los contribuyentes, asegurando el cumplimiento de obligaciones fiscales.

El Buzón Tributario es un canal digital diseñado para facilitar la interacción entre el SAT y los contribuyentes. A través de este sistema, es posible realizar trámites, atender requerimientos, depositar información y recibir respuestas a consultas fiscales.

Su habilitación y mantenimiento actualizado son requisitos obligatorios que, de ser ignorados, pueden derivar en sanciones económicas significativas.

De acuerdo con el SAT, la multa por no habilitar el Buzón Tributario o no actualizar los medios de contacto puede oscilar entre $3,850 y $11,540, según lo estipulado en los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Aunque originalmente esta medida debía entrar en vigor el 1 de enero de 2024, el SAT otorgó una prórroga hasta el 1 de enero de 2025. Esto fue estipulado en el artículo transitorio Cuarto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 y sus anexos, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de diciembre de 2023.

La falta de habilitación o la omisión de datos correctos en el Buzón Tributario implica que el contribuyente se opone formalmente a la recepción de notificaciones fiscales, conforme al artículo 17-K del CFF. En este caso, el SAT puede recurrir a otros métodos de notificación, como la publicación de estrados (artículo 134, fracción III del CFF). Además, dicha conducta será considerada como una infracción.

¿Quiénes están obligados a habilitar el Buzón Tributario?

Personas físicas:

Aquellas con ingresos por concepto de sueldos y salarios menores a $400,000 anuales.

Personas sin actividad económica, en suspensión de obligaciones o con situación fiscal de “sin obligaciones fiscales”.

Personas morales:

Con situación fiscal de “suspendidos” ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Claves para evitar sanciones

El SAT recomienda que los contribuyentes habiliten y actualicen su Buzón Tributario cuanto antes, ya que es indispensable para garantizar el cumplimiento fiscal y evitar sanciones. Además, recalcan la importancia de registrar correctamente al menos dos medios de contacto válidos (correo electrónico o número de teléfono).

El SAT recordó que este canal no solo es una obligación, sino una herramienta útil para mantenerse al día con los trámites fiscales y recibir notificaciones oportunas.

 

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