Investigaciones a notarios públicos deben realizarlas las fiscalías estatales, no un procedimiento especial: SCJN
CDMX 13 de octubre de 2025.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que en el caso de que notarias y notarios públicos sean investigados por la comisión de algún delito, la indagatoria debe hacerla la fiscalía estatal y no a través de un procedimiento especial, garantizando que, al resolverse, se establezcan sanciones claras y el correcto ejercicio de la función pública notarial.
Asimismo, reafirmó que todas las personas tienen derecho a ser tratadas con igualdad ante la ley y sin privilegios, y determinó que no se puede castigar penalmente a personas funcionarias públicas por “obstaculizar” o “no ayudar” a un notario o notaria, ya que los términos eran ambiguos y no especificaban claramente las conductas sancionadas.
Por último, se anuló la norma que impedía a quienes eran titulares de una notaría solicitar un permiso temporal para ocupar un cargo en la administración pública estatal. El Pleno consideró que esta restricción es injustificada y discriminatoria porque limitaba el derecho a trabajar y acceder a cargos públicos.
Lo anterior, en respuesta a la Acción de Inconstitucionalidad 127/2024 promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley del Notariado de dicho estado.
