La Constitución garantiza la obligatoriedad de las administraciones públicas municipales en materia de igualdad de género: Prodheg

Agustín Eugenio Martínez, representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.

Agustín Eugenio Martínez, representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.

Guanajuato, Gto., 4 de agosto de 2026.- Constitucionalmente, está garantizada la obligatoriedad de las administraciones públicas municipales en materia de igualdad de género, afirmaron representantes de dependencias e instituciones estatales al analizar una iniciativa que al respecto presentó la diputada Carolina León Medina, del Partido del Trabajo.

Agustín Eugenio Martínez, representante de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (Prodheg), recordó que por reformas a la Constitución federal a partir del 6 de junio de 2019 la paridad de género es obligatoria en todo el país.

“Y consolida a México en la vanguardia mundial en la adopción de mecanismos formales para garantizar el acceso de las mujeres a los espacios de toma de decisiones. En efecto dicha reforma constituye un avance en la construcción de una democracia paritaria y de un país más justo e igualitario y estableció paridad en los tres poderes de la unión en el Ejecutivo, el Legislativo y en Judicial y en los tres órdenes de gobierno”.

Por otro lado –dijo- el 15 de noviembre de 2024 se publicaron diversas reformas constitucionales en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derechos de las mujeres a una vida libre de violencia y radicación de la brecha salarial.

“Asimismo, en las disposiciones transitorias de estas reformas se estableció que las entidades federativas deben armonizar el marco jurídico correspondiente para adecuarlo al contenido de dicho decreto en un lapso que no debería de exceder 180 días a partir de la entrada en vigor del mismo”.

Finalmente, el 15 de enero de este año se publicaron más reformas a diversas disposiciones jurídicas.

“Entre las cuales se cuenta también la Ley General para la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en cuyo artículo cuarto transitorio de estableció que las autoridades competentes de la federación, las entidades federativas y los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México deberán llevar a cabo las adecuaciones legislativas y reglamentarias correspondientes también en un plazo que no deberá de exceder los 180 días hábiles luego de la entrada en vigor de ese decreto”.

El diputado Ernesto Millán Soberanes se pronunció por hacer una revisión para verificar que los municipios cumplen con esos puntos, para lo cual convocará a una mesa interna de trabajo.

 

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