El TEEJ debe analizar si el cardenal Juan Sandoval Iñiguez llamó a votar contra una candidatura o partido político

CDMX 4 de julio de 2024.- Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco debe emitir una nueva sentencia en la que se estudie en su integridad el mensaje emitido por el cardenal Juan Sandoval Iñiguez para determinar si vulneró el principio de separación entre las iglesias y el Estado.

El análisis del Tribunal local deberá realizar un estudio pormenorizado del contenido del mensaje, así como considerarlo en su integridad y contexto para poder determinar si este estuvo destinado a apoyar o llamar a votar en contra de una candidatura o partido político en específico.

Morena controvirtió la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (TEEJ) al considerar que esa decisión carecía de una debida motivación y congruencia, al determinar que las expresiones denunciadas no vulneraban el principio de laicidad.

A propuesta de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, la Sala Superior determinó que efectivamente se debieron analizar en su integralidad y contexto las manifestaciones emitidas por el ministro de culto.

En consecuencia, se revocó la sentencia controvertida y se ordenó emitir otra en la que se analice si la infracción denunciada acredita o no una vinculación entre el contenido del mensaje con alguna fuerza política o candidatura específica.

 

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