Dos años y seis meses serán los que el alcalde Ariel Corona estará en la lista de personas que cometen violencia política contra las mujeres

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* Regidoras y regidores, dos años cuatro meses; el tesorero municipal, un año dos meses

Guanajuato, Gto., 3 de abril de 2024.- En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato (TEEG) aprobó reducir la sentencia impuesta al alcalde de Cortazar, Ariel Corona Rodríguez, al tesorero municipal, a tres regidoras y cinco regidores por haber cometido violencia política contra las mujeres en razón de género en agravio de la síndica Ana Isabel Aguilar Capulín.

La sentencia consiste en incluir sus nombres en los registros nacional y estatal de personas sancionadas por habérseles comprobado que incurrieron en el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Disminuir la penalidad obedece a la resolución de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ante la cual los ahora sentenciados impugnaron la que en un inicio les impuso el tribunal local, según expuso José Ricardo Aguilar Torres, secretario coordinador de ponencia, al dar lectura a lo que al respecto presentó el magistrado Alejandro Javier Martínez Mejía.

“La ponencia instructora siguió los lineamientos de la sentencia a cumplimentar y de haber establecido para ello de cuatro meses a cuatro años, se propone reducirlo de tres meses a tres años y en esto fijar lar las temporalidades siguientes: Para el presidente municipal, dos años y seis meses; para el tesorero un año y dos meses; y a las regidurías sancionadas, dos años y cuatro meses”.

El tesorero municipal es Eduardo Ojeda Ortiz; las regidoras son: María Andrea Aguilar Oviedo, María de la Luz Hilda Macías Gasca y Erika Lissete Patiño Martínez; y los regidores, Luis Martín López Flores, Hugo Ernesto Arias Rentería, Carlos Alberto Durán Rivera, Jairo Javier Montero Huichapeño y Roberto Rojas Aguilar.

“Aunado a ello, y como lo indica la sentencia que se cumplimenta se reitera la imposición de multa y el dictado de diversas de reparación integral del daño, además del registro referido”

Las conductas en contra de la síndica Ana Isabel Aguilar Capulín fueron múltiples y las cometieron en reiteradas ocasiones.

“De las que se acreditaron el negarle licencia por maternidad e impedirle realizar actividades a distancia y no implementar ajustes razonables para compensar las dificultades que podrían surgir por su estado, además de la omisión de respuesta para gestionar el apoyo económico por gastos médicos de embarazo”.

El proyecto de la nueva sentencia fue aprobada por unanimidad y será remitida para que el INE y el IEEG inscriban sus nombres en sus respectivos registros de personas sancionadas por haber cometido violencia política contra las mujeres en razón de género

 

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