DEL HAMBRIENTO DE PODER

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JOSE CARLOS GUERRA AGUILERA  

“Quien de poder se alimenta, hambriento se despierta.”

Héctor del Mar
“Las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia

solamente procederán por causas graves;

serán sometidas al Ejecutivo y,

si éste las acepta, las enviará

para su aprobación al Senado.”

Artículo 98, párrafo tercero, de la Carta Magna.

1.- El mismo tema, el que fuera Presidente de la Corte Nacional, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, deberá estar fuera de la ilusión de ser un alto funcionario, si es que gana el Partido Morena en el año de 2024. Estará “ayudando” a la llamada “cuarta transformación” a un lado de la precandidata Claudia, con la que corrió -se dice- antes de renunciar, según parece, por la observación del periódico Reforma, por el vestido de la suspirante usado antes de la renuncia. Que descaro. Que falta de cuidado.

2.- El citado abogado Arturo Zaldívar tuvo difícil acceso para ser ministro de la Corte, en el año de 2015, lo propuso Felipe Calderón, no tenía antecedente de haber laborado en el Poder Judicial de la Federación, provenía del litigio; curiosamente ello ya que, a pesar de ser el enemigo acérrimo de Andrés Manuel, éste no lo objeto jamás, es obvio, su lealtad política al Presidente fue la clave.

3.- Recuerdo que cuando fue propuesto Zaldívar para ser Ministro, se tuvo que votar más de treinta veces, porque férreamente un grupo de Ministros no lo quería, (quizás tenían razón) un hecho atípico, hasta que el Presidente de la Corte Juan Silva Meza, le dio su voto.

4.- Después fue Presidente de la Corte, ciertamente por ciertos méritos; pero acaba de renunciar sin enunciar las causas graves que no motivan, como lo que se requiere conforme a la Constitución, sin embargo, el jurista guanajuatense Roberto Lara Chagoyán, con gran acierto expreso: en la revista Nexos El ministro Arturo Zaldívar invoca ese artículo en su escrito de “renuncia” y, como es de suponer, las razones que expone funcionan como una suerte de motivación. Veamos esas razones. En primer lugar, el ministro Zaldívar afirma que en su actual encargo “…las aportaciones que puede realizar en la consolidación de un mejor país se han vuelto marginales”. ¿La crisis de conciencia que parece embargar el pensamiento del señor ministro puede ser considerada como una causa grave? Del escrito referido, se infiere que, al menos para él, sí. Ejercer el cargo de ministro de la Corte supone para cualquier jurista el más grande de los honores, la más grande oportunidad para defender los valores constitucionales; sin embargo, esa noble función se ha convertido para Zaldívar en algo marginal. Hemos de suponer que la fuerte vocación de servicio que lo caracteriza es a tal grado sublime que le permite colocarse en la excepción de gravedad a la que se refiere la norma; por ello, parece que para él no será necesario concluir cabalmente el periodo de quince años que prescribe el penúltimo párrafo del artículo 94 constitucional. En segundo lugar, la carta de Zaldívar apela a una necesidad para él vital: “incidir en la construcción de un país más justo e igualitario y apoyar a quienes menos tienen y más lo necesitan”. ¿Esta también es una causa grave? Si seguimos su argumento, la marginalidad de ser ministro está conectada con esta necesidad, con lo cual podemos inferir que lo que Zaldívar busca en su próxima oportunidad será algo que no sea marginal, sino algo verdaderamente sustantivo y estrechamente ligado a la misericordia. ¿En qué estará pensando el ministro para continuar sirviendo tan sincera y desinteresadamente con esa noble vocación?” Excelentes reflexiones, con razón se titula: El fin de Zaldívar.

5.- Y pronto, con sus reflectores y gran sonrisa, demostró Zaldívar, el hambriento, su férrea antigua lealtad a ellos, más aún cuando lo enamoraron con el sueño aquel de prolongar su mandato dos añitos y su mudez era patética y cómplice y no le importó que se maltratara su anterior prestigio profesional de jurista.

6.- En forma muy jactanciosa afirmó ufano en su renuncia patética: “Durante estos 14 años impulsé los criterios más vanguardistas que constituyeron el nuevo paradigma constitucional en la defensa de los derechos humanos de todas las personas.” No es totalmente cierto, la Corte creo, él pudo haber colaborado, el uso lúdico de la mariguana y el desbordado “Libre desarrollo de la personalidad”. Lo que criticamos en la revista Lex[1] estableciendo que era UNA TENDENCIA JURÍDICA, QUIZÁS INFORTUNADA.

7.- Por supuesto los analistas y comentaristas destacaron toda la ambición de poder del citado, su falta de independencia política brutal y sobre todo el hecho insólito un Ministro que inmediatamente como servidor, no de la Nación, sino del Partido Político en el Poder de Morena, va alegre, desvergonzadamente a colaborar en la campaña.

8.- La renuncia jurídicamente no debe aceptarse por su consentido Presidente Andrés Manuel, ni por el Senado, por no contener una real enunciación de las causas graves, pero en este tiempo se volverá a violar la Constitución como se hizo con el anterior renunciante el ministro Eduardo Medida Mora, que fue obligado por el actual Ejecutivo a dimitir cuando le congelaron sus cuentas de dinero.

9.- Un comunicado de Prensa de la SCJN recuerda el párrafo tercero del artículo 98 de la Carta Magna, solo faltaría que le hubieran mandado al renunciante sonriente, una copia de la Constitución.

10.- No debe ser aceptada la renuncia. Repito hubiera preferido la renuncia de la otra Ministro, si ella confesara su causa grave de haber copiado tesis lo cual no se daría jamás. A seguir violando la Carta Magna.

 

[1] 00. PDF LEX JUNIO 2023_opt.pdf

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