Declara improcedentes el TEEG dos procedimientos especiales sancionadores

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Guanajuato, Gto., 24 de junio de 2024. En sesión pública, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió dos procedimientos especiales sancionadores.

El expediente TEEG-PES-10/2024 lo promovió Morena en contra de la presidenta municipal de León, diversos funcionarios del ayuntamiento, de la Universidad Iberoamericana, de un ciudadano y del PAN; por la realización de actos anticipados de campaña, promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, derivados de un evento en la mencionada institución educativa correspondiente a la asignatura de Comunicación Política, en la cual se llevó a cabo un ejercicio ficticio respecto al posible “Plan de Campaña” de la entonces alcaldesa para contender a la gubernatura del estado.

El Tribunal por mayoría de votos declaró inexistentes las faltas a la ley electoral porque se comprobó que dicho evento fue 11 meses antes del inicio del proceso electoral, se trató de un acto de naturaleza académica, no se demostró la intención de la denunciada de obtener un beneficio indebido para ocupar un cargo de elección popular, no hubo llamado a votar a favor o en contra de ninguna precandidatura ni partido político, ni se usaron recursos públicos para el evento.

El expediente TEEG-PES-19/2024 inició con la denuncia de Alma Alcaraz Hernández, en su carácter de diputada local y aspirante a la precandidatura para la gubernatura del estado, en contra del gobernador y quienes resultaran responsables, por el contenido de una entrevista publicada en un medio de comunicación que, a su parecer, constituían violencia política en razón de género en su perjuicio. El asunto ya había sido resuelto por el Tribunal, sin embargo, la sentencia fue revocada por la Sala Superior del TEPJF.

En cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior, el Tribunal declaró inexistente la violencia política en razón de género porque el contenido de las expresiones denunciadas no se basó en elementos de género, no tuvo como base un estereotipo ni el objetivo de limitar o anular sus derechos, no se dirigió a ella por ser mujer, ni se comprobó que le afectara desproporcionadamente; por lo tanto, no se acreditaron los elementos que la constituyen.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, María Dolores López Loza, presidenta de este Tribunal y titular de la Primera Ponencia; Yari Zapata López, titular de la Segunda Ponencia; el magistrado titular de la Tercera Ponencia, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como el secretario general, Juan Antonio Macías Pérez.

 

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