Aprueba la UNAM nulificar titulación de estudiantes que hayan incurrido en irregularidades

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CDMX 30 de marzo de 2023.- El Consejo Universitario aprobó hoy una serie de modificaciones y adiciones a diversos ordenamientos de la legislación universitaria para garantizar la integridad y honestidad académica y prevenir o, en su caso, proceder en contra de faltas a este principio universitario en sus diferentes vertientes.

Fue en sesión extraordinaria, donde el Consejo hizo reformas al Estatuto General que, en su artículo 5, señala que la Universidad Nacional puede ahora declarar la nulidad absoluta de certificados, títulos profesionales y grados, cuando los requerimientos académicos y éticos no hayan sido cubiertos de forma cabal.

Luego de destacar su absoluta convicción de que la inmensa mayoría de los estudiantes y profesores actúan apegados perfectamente a los principios académicos, el rector de la UNAM, Enrique Graue Wiechers, destacó la importancia de las modificaciones a las normas universitarias, que subsanan un vacío legislativo.

Los cambios a las normas, agregó, irán acompañados de diversas acciones preventivas, todavía más sólidas. No nos debe volver a suceder que no se tengan los mecanismos para conducir circunstancias lamentables como esas, afirmó.

Entre las modificaciones al Estatuto General de la UNAM se establece que antes de iniciar sus trámites de titulación, los y las alumnas deberán firmar la protesta universitaria de integridad y honestidad, en la que aceptan actuar de manera ética y conforme a los valores universitarios, ya que en caso contrario su título podrá ser anulado, de acuerdo con la fracción V del artículo 87.

Además, establece que los profesores serán responsables por el incumplimiento de integridad y honestidad académica en la supervisión y seguimiento de pruebas, exámenes, tesis, así como trabajos y artículos académicos, de manera especial, los que son necesarios para cualquier forma de titulación u obtención de grado, señala la fracción III del artículo 96.

Asimismo, se precisa que el alumno, graduado o cualquier persona que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta para la titulación o examen de grado, se someterá a proceso de revisión y en su caso, procederá la nulidad del examen sustentado, de acuerdo con la fracción III del artículo 97 del mismo ordenamiento.

Las modificaciones contemplan también la expulsión definitiva de la Universidad de aquel alumno o alumna, en los casos que la gravedad lo amerite; sin embargo, se prevé que en situaciones en que sea declarada la anulación de un título, el o la estudiante podrá optar por alguna otra forma de titulación, siempre y cuando el consejo técnico correspondiente así lo considere.

Estas acciones no tienen carácter retroactivo, sino que surtirán efecto a partir de su entrada en vigor.

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