Que el congreso local designe la titularidad de la PEDHG no garantiza su autonomía, afirma la diputada Plásida Calzada

Diputada Plásida Calzada

Guanajuato, Gto., 11 de junio de 2025.- La diputada morenista Plásida Calzada, autora del dictamen de la iniciativa propuesta para modificar los requisitos para ser titular de la Procuraduría Estatal de los Derechos Humanos, dijo que esta debe ser una persona totalmente ajena a los grupos de poder, tanto oficiales como fácticos.

Su exposición la  hizo al defender su propuesta y subrayar que además debe ser idónea y con absoluta autonomía.

“Por lo que el procurador o procuradora no puede ni debe de estar subordinado a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, mucho menos a los poderes fácticos, entiéndase: los grandes capitales o la Iglesia, pues sólo así será garante de los derechos humanos, de lo contrario sería juez y parte, con lo cual, en lugar de la protección de los derechos humanos siempre privaría la independencia ya la subjetividad sobre la objetividad y la imparcialidad”.

Señaló que el principal problema que existe para elegir al procurador o procuradora de los derechos humanos es la idoneidad del perfil.

“Las personas que sean procurador, procuradora, debe contar con conocimientos en derechos humanos adquiridos tanto en instituciones educativas como en la práctica social, por haber sido parte de luchas en pro de los derechos humanos; número 2.- La autonomía, que es una característica complicada de asegurar, porque al titular lo nombra el congreso local, el que generalmente es dominado por algún partido político, cuyo interés, entre otros, es conservar el poder”.

Enumeró a la filia política, así como a los intereses familiares y económicos, como tercer factor que obstaculicen la función de la persona electa.

“Como número 4, este puesto, esta titularidad de los derechos humanos, puede ser también utilizado como trampolín político, el nombramiento para otro puesto antes o después de que concluya el periodo, y puede interpretarse como un pago de favores durante el ejercicio de la función. Se requiere entonces que el procurador o procuradora sea sensible a considerar radicalmente el enfoque de la actuación desde los derechos de la víctima, y a la vez que sea independiente”.

La procuradora o el procurador de los derechos humanos tiene que ser totalmente ajeno a los componendas políticas, dijo la presidenta de la comisión legislativa de derechos humanos.

 

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