El voto… nueva fuente del Poder Judicial Federal
Observatorio Ciudadano

Alfredo Sainez*
Este 1º de junio, por primera vez en la historia política de nuestro país, la ciudadanía podrá ejercer su derecho político activo, elegir a quienes habrán de ocupar los distintos cargos para renovar e integrar la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal, el Tribunal de Disciplina Judicial, las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal, los Tribunales Colegiados de Circuito y los Juzgados de Distrito; a la par en 19 entidades federativas (Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Durango, México, Michoacán, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas) habrá elecciones locales extraordinarias para renovar los cargos del Poder Judicial y en los estados de Durango y Veracruz se realizarán comicios electorales de los ayuntamientos. En este contexto de elecciones federales y locales, cabe reflexionar sobre qué es mejor: ¿la democracia indirecta en segundo grado o la democracia directa en primer grado de la ciudadanía?, ¿no deberían tener los poderes públicos, tanto ejecutivo y legislativo como el judicial, la misma fuente de legitimidad, es decir, el voto directo, universal y secreto de la ciudadanía?, ¿por qué distinguir o diferenciar la forma en que se eligen los poderes públicos?
Para evitar el abuso del poder, Carlos de Secondat, Barón de Montesquieu, propuso en el Espíritu de las leyes que por disposición de las cosas el poder frene al poder creando el trípode ejecutivo, legislativo y judicial. Posteriormente, los diputados franceses retomaron esta idea política y la plasmaron en el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 al establecer dos precondiciones para que exista una constitución, el respeto a los derechos de la sociedad y la separación de poderes −parte dogmática y orgánica de toda constitución−. En la historia del derecho, en los albores de la Independencia de México, la división de poderes tiene su origen en los artículos 15, 16 y 17 de la Constitución Monarquía Española de 1812 que reconocen la potestad que tienen las cortes con el rey, el rey y los tribunales, respectivamente, para hacer las leyes, ejecutarlas y aplicarlas. Dichos poderes tenían distintas fuentes de poder y legitimidad: la sucesión del reinado era hereditario; las elecciones de los diputados de provincia se llevaban a cabo de manera indirecta y en tercer grado, en donde los electores en la Junta de Parroquia elegían a los electores de la Junta de Partido y, éstos a su vez, a los diputados de provincia; y, los magistrados y jueces eran nombrados bajo la condición de haber nacido en territorio español y ser mayores de 25 años, sin menoscabo de las calidades que determinaran las leyes.
A partir de la Constitución federal de 1824 hasta nuestros días, la fuente primaria de los poderes legislativo y ejecutivo radica en el sufragio que emite la ciudadanía −bien o mal como quiera calificarse−. Ahora con las elecciones del 1º de junio, la integración de los órganos del Poder Judicial Federal ya no tendrá como fuente primaria de su poder la democracia indirecta a través de la designación y nombramientos de personas ministras, magistradas y juezas, sino el voto directo, universal y secreto de la ciudadanía, lo cual es relevante por su empoderamiento para determinar plenamente y de manera directa la integración del Poder Judicial Federal, circunstancia que anteriormente no tenía.
Con elección del Poder Judicial Federal no solo se reafirma la división de poderes signada en el artículo 49 de la Constitución federal, que señala que el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, sino se legítima la titularidad del poder político y democratiza la sucesión e integración de los distintos cargos del Poder Judicial al establecerse la elección como método a la par de los otros poderes públicos en virtud de que tienen la misma fuente del poder político: el voto directo de la ciudadanía.
En suma, el problema de las elecciones del Poder Judicial Federal no es el método, menos aún el empoderamiento de la ciudadanía por medio de su voto, sino el diseño de un proceso de reclutamiento y selección de las mejores personas candidatas, que sean verdaderamente garantes de la impartición de justicia, que respeten, defiendan y protejan los derechos humanos; que asuman con ahínco, honor y sentido de responsabilidad su nuevo cargo para la transformación social, económica y política que demanda nuestro país y no estén “capturados” por los “poderes fácticos” como la delincuencia organizada; estimular y promover la participación ciudadana para legitimar las elecciones; y construir un mercado político que permita a la “ciudadanía de a pie” razonar su voto conociendo previamente el perfil y contraste de las propuestas de las y los distintos candidatos.
Sin duda, las redes sociales y páginas web de los organismos electorales son necesarias, pero no suficientes, se requiere el involucramiento de las instituciones educativas, organizaciones sociales y civiles para construir ciudadanía mediante la promoción de la educación cívica, capacitación, formación y desarrollo integral de las personas.
Necesitamos generar espacios no vacíos de poder, porque el pueblo quiere el poder, como diría don Pablo González Casanova en su obra clásica: “El poder al pueblo”.
El reto es mayúsculo porque a decir de algunas autoridades electorales se estima una participación electoral que fluctuará entre el 13 y 20 por ciento del listado nominal de electores (99.7 millones) que, a contrario sensu, sería un abstencionismo electoral de un 80 por ciento este 1º de junio, sin menoscabo del boicot anunciado de la oposición de no votar y la presión coyuntural de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), ¿será? Hagan sus apuestas.
Dicen los políticos de viejo cuño que, “en política los espacios vacíos se llenan”. En este tenor, si no se vota este 1º de junio otras personas lo van a llenar y no habrá tiempo más perdido que las lamentaciones.
Por lo pronto, varias preguntas están latentes después de que se den a conocer los resultados oficiales de las elecciones del Poder Judicial Federal: ¿cuáles serán los saldos?, ¿cómo evaluar el impacto político-electoral de las primeras elecciones del Poder Judicial Federal en México?, ¿cuál es el referente teórico-práctico a considerar?, ¿el derecho comparado es un referente?, ¿cuáles son las lecciones de las elecciones?, ¿qué enseñanza-aprendizaje tendremos de las 19 entidades federativas que tendrán elecciones locales extraordinarias para renovar los cargos del Poder Judicial y, más aún, para las elecciones que vienen de los poderes judiciales en los estados rumbo al año 2027?
Alfredo Sainez
*Doctorado en Pedagogía por el Colegio de Estudios de Postgrado del Bajío (CEPOB); Maestría en Innovación y Gestión Pedagógica por el CEPOB; Maestría en Administración Pública por el INAP-México; Maestría en Derecho Parlamentario por la Benemérita Universidad de Oaxaca (BUO); Especialidad en Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa por la BUO; Máster en Los Retos del Constitucionalismo en el Siglo XXI en la Universidad de Barcelona; Asesor Experto en Conocimiento, Ciencia y Ciudadanía en la Sociedad de la Información por el Instituto de Formación Continua de la Universidad de Barcelona; Licenciatura en Ciencias Políticas y Administración Pública por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Catedrático de la División de Derecho, Política y Gobierno de la Universidad de Guanajuato. Correo electrónico: alfredosainez@gmail.com
