Declara improcedente el TEEG recurso interpuesto por el PT para anular la elección de diputado local en el Distrito XX

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Guanajuato, Gto., 1 de julio de 2024.- En sesión pública el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió un recurso de revisión.

El expediente TEEG-REV-36/2024 lo promovió el PT en contra de la validez de la elección de la diputación por mayoría relativa en el Distrito XX local, con cabecera en Yuriri solicitando la nulidad, porque a su parecer se configuraron inconsistencias en la votación, inexistencia sospechosa de votos para Morena, uso indebido de recursos públicos, creación de confusión en el electorado, violación al principio de laicidad y errores en el acta de cómputo distrital.

El Tribunal declaró válidos los resultados de la elección, porque no se acreditaron las inconsistencias de la votación ni la creación de confusión en el electorado haciéndole suponer que se trataba de una coalición que no existía.

Respecto a la falta de votos para Morena, por un lado, no es causa de nulidad y por otro el PT no puede alegar en favor de otro partido.

En cuanto al uso indebido de recursos públicos con el programa “MujerEs Grandeza” ya se resolvió en otro juicio que no tuvo irregularidades.

De la violación al principio de laicidad, ninguno de los eventos públicos denunciados ocurrió en el territorio de la elección y finalmente del error en el acta de cómputo distrital, la autoridad electoral responsable lo subsanó adecuadamente.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, María Dolores López Loza, presidenta de este Tribunal y titular de la Primera Ponencia; Yari Zapata López, titular de la Segunda Ponencia; el magistrado titular de la Tercera Ponencia, Alejandro Javier Martínez Mejía; así como el secretario general, Juan Antonio Macías Pérez.

 

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