DE LA NUEVA AMNISTÍA (¿PARA SI?)
JOSE CARLOS GUERRA AGUILERA
1.- El 22 de abril de 2020 hubo Ley de Amnistía, promulgada por el actual Ejecutivo Federal, para regularla se ideo que las solicitudes de amnistía tendrían que ser resueltas por una comisión, es decir había una especie de filtro.
2.- El Senado acaba de aprobar una nueva Ley de Amnistía, cuyo objetivo es facultar al Presidente de la República para otorgar amnistías de forma directa a personas sentenciadas o bajo proceso penal, siempre y cuando proporcionen se supone den información verificable que contribuya a esclarecer casos relevantes para el Estado Mexicano.
3.- Esto ha generado muchas críticas ya que podrá ser otorgada por determinación prerrogativa exclusiva del Ejecutivo, es decir a su capricho incluso sobre los tribunales, es decir sin importar si hay sentencias, ello producirá impunidad y llega al colmo de que se pueda perdonar incluso a reos confesos de delitos graves o con altas sentencias ejecutoriadas.
4.- Y que tal, si al final del sexenio, aprobada esa nueva Ley, el Ejecutivo perdona a delincuentes de alta peligrosidad de las cárceles, bajo el “pretexto” de que proporcionara el amnistiado información que pueda esclarecer casos relevantes. Texto ambiguo totalmente ¿A juicio de quién? ¿Del Ejecutivo, que no es abogado?
5.- O bien, existiendo la Ley, en el caso de que ganara la candidata Claudia, y fuera procesado el Ejecutivo Andrés Manuel, bajo el “pretexto” de que proporcionaría información verificable que pueda esclarecer algún caso relevante; pues la gigantesca puerta de la impunidad seria excelente para burlarse de todos.