Hasta tres años de cárcel a quien imparta u obligue a recibir terapia de reconversión sexual
Guanajuato, Gto., 29 de noviembre de 2023.- Personas que impartan u obliguen a otras a recibir sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan como finalidad la reconversión sexual, serán sancionadas con penas de seis meses a tres años de prisión y de 10 a 30 días multa.
Así lo acordó la diputada Laura Cristina Márquez Alcalá, presidenta de la comisión de justicia del congreso local, al término de una mesa de trabajo en la que participaron representaciones del Poder Judicial del Estado, coordinación jurídica del Poder Ejecutivo y Fiscalía General de Guanajuato para analizar cuatro iniciativas sobre ese tema.
“Este supuesto, o este delito se perseguirá por querella, creo que aquí sí es fundamental que quien se encuentre siendo víctima de este delito, el agraviado, sea quien presente la denuncia para que se den las investigaciones correspondientes”.
Para sancionar esa conducta se realizará una reforma al Código Penal del Estado, la cual también contempla los casos en los que las víctimas sean menores de 18 años de edad.
“Con un segundo párrafo, correspondiente a las agravantes: Cuando se realice cualquiera de las conductas previstas en el párrafo anterior en agravio de personas menores de 18 años de edad o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, o que no tenga capacidad de resistir la conducta, la punibilidad se incrementará de una mitad del mínimo a una mitad del máximo señalado en el párrafo anterior y se perseguirá de oficio”.
Los poderes Ejecutivo y Judicial, así como la Fiscalía, coincidieron en establecer que se deben proteger los derechos humanos de las personas, lo cual Jorge Luis García Gómez, representante de ésta última, resumió en los siguientes términos.
“Coincidimos con las premisas que se abordaron en la exposición de motivos, en tanto que no debe soslayarse la obligación del estado de garantizar el goce de los derechos humanos de todas y todos, incluyendo la protección contra la discriminación o cualquier otro acto que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto transgredir potestades fundamentales, garantía que debe generarse con la debida certeza en el ámbito, esquema, base normativa o política pública procedente”.
En próxima se sesión de la comisión de justicia se analizará y votará el sentido del dictamen propuesto por la diputada Márquez Alcalá.