Aprobar leyes que pueden ser anuladas
Santiago López Acosta
Las últimas dos semanas fuimos testigos de un hecho, hasta donde tengo entendido, inédito en la historia legislativa de este país, cuando se presentaron una gran cantidad de iniciativas de muy diversos tópicos y temas, en materia de salud, vivienda, minería, aviación, militarización de la vías férreas y más recursos fiscales al ejército, ciencia y tecnología, financiamiento al campo, desapariciones de organismos públicos, etc., que, sin conocerse previamente, fueron obviados todos los trámites legislativos que prevé la Constitución, la Ley Orgánica del Congreso de la Unión y los Reglamentos parlamentarios correspondientes, las cuales fueron aprobadas en unas cuantas horas en la Cámara de Diputados.
No se turnaron a las comisiones respectivas, por tanto, no fueron dictaminadas, no hubo foros de consulta, ni opiniones de especialistas, o sea el denominado parlamento abierto, como tampoco ningún análisis técnico para evaluar los impactos económicos, sociales, presupuestales y de la índole correspondiente a cada caso, ni se tuvo la menor intención de dialogar, mucho menos debatir con la oposición. En muchos casos, las aprobaron sin siquiera tener tiempo para por lo menos leerlas.
Se les dio el trato de iniciativas de “urgente y obvia resolución”, sin explicar o justificar la urgencia ni la resolución inmediata, y así fueron remitidas al Senado de la Republica. En esta Cámara, se dijo, no se aprobarán fast track, que serían analizadas y dictaminadas en las comisiones.
Los senadores de la oposición condicionaron su participación a que se nombrara, por lo menos, un comisionado del INAI, organismo constitucional garante de la trasparencia, el acceso a la información y la protección de datos personales, para que pueda operar mínimamente. Sin embargo, los senadores oficialistas incumplieron el acuerdo de su coordinador, no se logró la aprobación correspondiente, la oposición tomo la tribuna y se armó un sainete que quedara como uno de los más lamentables de la historia parlamentaria del país.
En el patio de la antigua sede del Senado, con dificultades para lograr el quórum, integrado exclusivamente con senadores del oficialismo, se aprobaron apresuradamente 20 dictámenes, los validados por los diputados y otros agregados por los senadores.
Cada una de esas aprobaciones amerita revisiones y análisis por separado en su contenido sustantivo, como la desaparición del INSABI o la Financiera Rural, las reformas sobre minería o las relacionadas con la investigación, la ciencia, la tecnología y las humanidades, estas ya provocaron el anuncio de un paro nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior contra ellas para este martes 2 de mayo. Así podríamos seguir con las demás, la mayoría con muchos cuestionamientos en temas de fondo.
Por el momento solo me referiré a las que se advierten como violaciones al proceso legislativo, cuyos elementos centrales fueron señaladas desde 2009 en la Acción de Inconstitucionalidad 83/2009, donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (la Corte) aprobó por unanimidad anular un Decreto aprobado por el Congreso del Estado de Tlaxcala. A través de las Acciones de Inconstitucionalidad la Corte tiene la responsabilidad de revisar, y en su caso anular, las leyes que aprueben el Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Entidades Federativas, cuando no se ajusten al marco constitucional.
Estas declaratorias de inconstitucionalidad, desde que se incorporaron a la Constitución en 1995, las ha hecho la Corte en múltiples ocasiones, a manera de ejemplo podemos citar una reforma a la Ley de Amparo en 2008, la llamada “ley antiaborto” aprobada por el Congreso del Estado de Veracruz en 2014, la Ley de Seguridad Interior en 2018 y la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidoras Públicos en 2019.
Se ha especulado que la urgencia fue porque en el siguiente periodo ordinario de sesiones, de septiembre próximo, por la rotación de los principales cargos en la Cámara de Diputados, el PRI presidirá la Mesa Directiva y el PAN la Junta de Coordinación Política, lo que haría muy complicado procesar iniciativas del oficialismo de la manera como lo hicieron en el cierre del periodo ordinario de sesiones que acaba de concluir en abril.
Las reformas aprobadas serán publicadas, entrarán en vigor muy pronto, y la mayoría de ellas serán impugnadas por la oposición, a través de las Acciones de Inconstitucionalidad correspondientes, que resolverá la Corte, tal vez, hacia finales del año.
Independientemente de la urgencia política del Ejecutivo para que le aprueben sus iniciativas sin ninguna revisión, análisis y discusión, obviando todos los trámites legislativos, siendo atendido en sus términos por la mayoría oficialista en ambas cámaras, no creo que ignoren los términos, formas y condiciones del proceso legislativo, así como que tienen que ajustarse al marco constitucional y legal.
En ese sentido la pregunta es del porque realizar las aprobaciones aludidas, en la forma comentada, conociendo los precedentes y los criterios de la Corte en la materia, además de que algunas de las reformas tienen serios cuestionamientos respecto de su constitucionalidad de fondo, con la muy alta probabilidad de que nuestro Máximo Tribunal las declare inconstitucionales, y por tanto nulas. Con mayor razón si se mantiene solido el bloque de por lo menos ocho ministras y ministros, que es la votación mínima necesaria para las declaratorias de inconstitucionalidad, mismos que han resuelto defendiendo la Constitución.
En fin, ya veremos los próximos meses cual es el propósito, si lo hay.