Suspensión provisional a Edmundo Jacobo Molina en contra de su separación del INE

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CDMX 9 de marzo de 2023.- Por unanimidad, los magistrados del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedieron a Edmundo Jacobo Molina una suspensión provisional en contra del artículo 17 del llamado Plan B de la reforma electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Como resultado de esa reforma, desapareció del Instituto Nacional Electoral el cargo de secretario ejecutivo de su Consejo General, del que él era titular y por lo tanto se vio obligado a salir de la institución.

En su determinación, el tribunal establece que temporalmente Jacobo Medina puede realizar esas funciones con el esquema implementado por el Plan B del Gobierno de la Cuarta Transformación.

Su nombramiento lo recibió en febrero de 2020 y es con vigencia de seis años, por lo que la magistrada Carolina Alcalá Valenzuela expuso lo siguiente:

“No se advierte una razón por la que el cambio de facultades (de la Secretaría Ejecutiva) justifique que se termine anticipadamente la titularidad del nombramiento que se venía ejerciendo por el quejoso, como algún dictamen valorativo o procedimiento que demerite sus conocimientos o experiencia”

Los magistrados Edwin García Baeza y Sergio Urzúa estuvieron de acuerdo en que bastaba la existencia de un nombramiento previo por un periodo establecido, y la ausencia de algún procedimiento contra Jacobo, para conceder la suspensión.

Asimismo, se destaca que en caso de no concedérsele la suspensión, Edmundo Jacobo sufriría daños irreparables, pues seguirá corriendo el periodo para el que fue nombrado sin que pueda ocupar el cargo.

 

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