Garantizar la entrega de actas del registro civil en lengua indígena debe ser real, no nada más plasmarlo en ley

José Antonio Martínez González.

José Antonio Martínez González.

Guanajuato, Gto., 4 de noviembre de 2026.- Entregar actas del registro civil a personas indígenas en su lengua originaria es un acto al que plenamente tienen derecho y que las autoridades deben garantizárselo en forma real, no únicamente plasmarlo en ley.

Lo anterior fue expuesto por José Antonio Martínez González, representante de la Secretaría de Derechos Humanos, en mesa de trabajo convocada por la Comisión de Justicia del Congreso de Guanajuato para analizar una iniciativa que sobre ese punto presentó la bancada panista.

Martínez González dejó muy en claro el reto que representa otorgar ese tipo de actas quedó demostrado cuando el Gobierno de México tuvo que traducir 30 lenguas indígenas a formatos de la Cédula Única de Registro Poblacional, mejor conocida como CURP.

“De este análisis podemos advertir que el acta en lengua indígena no fue producto exclusivo de una disposición legal, sino de una arquitectura institucional, formatos traducidos y validados, personas servidoras públicas interpretes capacitadas, sistemas registrales adaptados y autoridades con atribuciones claras para operar el servicio”.

Todo ello, para anotar íntegramente la identidad, nombres y apellidos de las personas indígenas conforme a su escritura y pronunciación, esto en concordancia con sus sistemas normativos internos.

“Se sugiere, en consecuencia, que esta reforma prevea en su análisis el reto para conformar las dependencias señaladas a fin de garantizar la asistencia de un intérprete durante la celebración o el asiento del acto cuando la persona así lo requiera y que las responsabilidades interinstitucionales descritas se plasmen en la norma y en instrumento de coordinación”.

El funcionario también advirtió que la entrada en vigor de la propuesta no prevé un proceso que permita que las autoridades estén en condiciones de cumplir con la nueva obligación que tienen que cumplir.

“Respetuosamente se propone una ruta de implementación progresiva, verificable y con un horizonte temporal que priorice las lenguas de los pueblos y comunidades indígenas que cohabitan en nuestro estado, así como que permita atender a las personas de los pueblos indígenas migrantes que transitan o residen en la entidad. La progresividad como parte del ejercicio de la función pública debe poder medirse, por lo que es fundamental contar con información desagregada por lengua, municipio, tipo de acta, sexo y edad”.

Además, la difusión de ese derecho debe realizarse también en las propias lenguas indígenas, ya que la población lo desconoce y si no se les da a conocer, difícilmente podrá ejercerlo.

 

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