Sala Superior del TEPJF ordena al INE ajustar lineamientos para declarar inválidas las boletas “planchadas”

Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

CDMX 7 de octubre de 2026.- Ante la impugnación, por varios actores, de los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre cómputos del proceso electoral federal 2026-2027, en el juicio de los derechos ciudadanos SUP-JDC-473/2026, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación considera incorrecto computar las boletas sin marcas de doblez, mejor conocidas como “boletas planchadas”.

Asimismo, establece que la emisión del voto comprende una secuencia legalmente prevista que incluye recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna. Por ello, la ausencia de esas marcas impide vincular objetivamente la boleta con un sufragio emitido conforme al procedimiento previsto en la ley.

La determinación sobre boletas sin doblez corresponde por regla general a los ciudadanos que integran las mesas directivas de casilla y, excepcionalmente, a los Consejos Distritales, al realizar recuentos parciales o totales.

En consecuencia, la Sala Superior revocó parcialmente el acuerdo impugnado y ordena al INE modificar los lineamentos antes citados, a fin de establecer que, cuando se acredite la existencia de boletas sin las marcas de doblez, estas no deberán contarse como parte de la votación y se conservarán separadas de las que integren la votación computada.

La certeza en la contabilidad de las boletas electorales es la piedra angular de nuestro sistema electoral y no puede haber la más mínima duda respecto de qué y cómo se cuentan, concluyeron los magistrados.

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