Nueva Reforma Constitucional de Seguridad Pública

Comisiones unidas

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Seguridad Pública y Estudios Legislativos del Senado de la República.

Observatorio Ciudadano

Alfredo Sainez*

La inseguridad pública es un problema complejo y demanda social que sigue latente a lo largo y ancho del territorio nacional, que amerita la atención de propios y extraños, más aún, porque la seguridad pública es un derecho humano y materia concurrente en los tres órdenes de gobierno que como política de Estado debe visualizarse con investigación, prevención e inteligencia humana y artificial para hacerle frente a la delincuencia organizada, en donde se establezca una adecuada coordinación entre el gobierno federal, los gobiernos de los estados y municipios. Por este motivo, resulta significativo el análisis del proyecto de decreto por el que se reforma el artículo y adiciona el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en materia de seguridad pública, remitida como iniciativa de ley por la presidenta de la República y que habrá de discutirse en los próximos días por las cámaras del Congreso de la Unión.

Toda estrategia responde a la pregunta cómo y está en función de uno o varios objetivos que parten de un diagnóstico; así lo confirma, con la nueva iniciativa de reforma al artículo 21 de la CPEUM que contempla como eje de articulación de la estrategia en materia de seguridad a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana (SSyPC), cuyos nuevos instrumentos jurídicos le permitirán su participación en la investigación de los delitos conjuntamente con la Fiscalía General de la República; además de coordinar el Sistema Nacional de Inteligencia con acciones en los tres órdenes de gobierno, particularmente, con las instituciones de seguridad pública correspondientes, las cuales deberán de proporcionar la información de que dispongan o que recaben conforme a la ley con los propósitos de proteger a la población, robustecer el combate a la delincuencia y reducción de la criminalidad. Pero, sobre todo, ponderando la coordinación interinstitucional para hacer más eficiente el combate a la delincuencia y evitar la “captura” de las instituciones.

Sin duda, el éxito o fracaso de la apertura, desarrollo y evolución de la estrategia en materia de seguridad pública depende de una adecuada articulación y coordinación que logre “entrelazarse” entre los tres órdenes de gobierno y de las nuevas relaciones políticas con gobernanza; además, del liderazgo, buen talante y talento del titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana que será el nuevo agente articulador de las instituciones, que formulará los programas, políticas, acciones y coordinará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.

Por el momento, la nueva reforma al artículo 21 de la CPEUM ha sido aprobada por unanimidad por las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Seguridad Pública y Estudios Legislativos del Senado de la República y, presumiblemente, en los próximos días será aprobada por las cámaras del Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales.

Alfredo Sainez*

*Doctorado en Pedagogía por el Colegio de Estudios de Postgrado del Bajío (CEPOB); Maestría en Innovación y Gestión Pedagógica por el CEPOB; Maestría en Administración Pública por el INAP-México; Maestría en Derecho Parlamentario por la Benemérita Universidad de Oaxaca (BUO); Especialidad en Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa por la BUO; Máster en Los Retos del Constitucionalismo en el Siglo XXI en la Universidad de Barcelona; Asesor Experto en Conocimiento, Ciencia y Ciudadanía en la Sociedad de la Información en el Instituto de Formación Continua de la Universidad de Barcelona; Licenciatura en Ciencias Políticas y Administración Pública por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Catedrático de la División de Derecho, Política y Gobierno de la Universidad de Guanajuato. Correo electrónico: alfredosainez@gmail.com

 

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