Más de 48 mil millones de pesos deberá pagar Ricardo Salinas Pliego al SAT por adeudos fiscales de sus empresas
CDMX 13 de noviembre de 2025.- Por determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Ricardo Salinas Pliego deberá de pagar un monto de 48 mil 326 millones 809 mil 994 pesos por adeudos fiscales de varias de sus empresas
De esta forma la Corte resolvió diversos asuntos relacionados con empresas que impugnaron créditos fiscales determinados por la autoridad hacendaria federal, derivados del Impuesto Sobre la Renta correspondientes a los ejercicios fiscales 2008, 2009, 2010, 2012 y 2013, así como sobre la posibilidad de deducir pérdidas por la venta de acciones.
En todos los casos, las empresas inconformes acudieron primero ante la autoridad administrativa mediante recursos de revocación, que fueron resueltos en su contra. Después interpusieron demandas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el cual confirmó la legalidad de los créditos fiscales. Después de ello, promovieron juicios de amparo directo, que también fueron negados por los Tribunales Colegiados. Finalmente, las empresas presentaron recursos de revisión que llegaron a la Suprema Corte.
En cuatro asuntos, la Corte determinó que los recursos de revisión en materia fiscal sólo pueden admitirse cuando se plantean temas de relevancia constitucional o de derechos humanos con un interés excepcional, conforme al artículo 107 de la Constitución y a la Ley de Amparo.
En otros tres casos, la Suprema Corte consideró que los recursos de revisión interpuestos por las empresas no debieron admitirse a trámite, pues los temas discutidos ya han sido resueltos previamente en criterios obligatorios del propio Tribunal.
La Corte señaló que los asuntos analizados —como la deducción de pérdidas por venta de acciones o la aplicación de reglas del régimen de consolidación fiscal— no presentan cuestiones nuevas ni de relevancia constitucional.
Por ello, determinó revocar los acuerdos que habían permitido que esos recursos de revisión siguieran su trámite, al no cumplirse los requisitos de procedencia exigidos.
