Inatendible la solicitud para contestar si procede realizar un plebiscito por actos del alcalde Alejandro Navarro Saldaña

Guanajuato, Gto., abril 2 de 2020.- De inatendible dictaminó la Comisión de Participación Ciudadana del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) la solicitud que hizo Ma. Paloma Robles Lacayo, excandidata a alcaldesa de este municipio, en el sentido de que se le informara la legitimidad de realizar un plebiscito para que la ciudadanía se pronuncie sobre acciones realizadas por el alcalde, Alejandro Navarro Saldaña, para construir un nuevo Museo de las Momias.
El dictamen fue aprobado en sesión extraordinaria realizada vía internet y en él se establece que no es posible atender la solicitud “pues ello equivaldría a pronunciarse respecto a la procedencia o improcedencia de tal mecanismo de participación ciudadana sin que su realización se haya solicitado en los términos exigidos por los artículos 30 fracción II, 44 y 45 de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Guanajuato.”
Paloma Robles presentó su escrito al IEEG el pasado 20 de marzo para pedir que se le informara si es legítimo hacer plebiscito con el fin de que los capitalinos se pronuncien sobre la pretensión de Navarro Saldaña para contratar un financiamiento por más de 66 millones de pesos para edificar un nuevo Museo de las Momias.
Las personas participantes en el plebiscito contestarían a tres preguntas:
a) ¿Está usted de acuerdo en que el Ayuntamiento (en la mitad de su trienio) endeude por 10 años y 66 millones de pesos a la ciudadanía de Guanajuato capital para construir un tercer Museo de las Momias?
b) ¿Está usted de acuerdo en que el Ayuntamiento haya acordado solicitar al Congreso la autorización para contratar un financiamiento hasta por 66 millones 498 mil 995 pesos, que será pagado a un plazo de 10 años?
c) ¿Está usted de acuerdo que el Ayuntamiento de Guanajuato haya autorizado la contratación de deuda pública por 66 millones 498 mil 995 pesos para la construcción de un nuevo museo de las momias?”.
La Comisión de Participación Ciudadana del IEEG determinó que sobre la procedencia o improcedencia de realizar el plebiscito se determinaría una vez que se presentara y analizara la correspondiente solicitud.