Establecimientos tendrán dos meses para cumplir con señalética de espacios 100% libres de humo de tabaco

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CDMX 4 de febrero de 2023.- Restaurantes, cantinas bares, cafeterías y demás establecimientos de esos ramos tendrán dos meses para cumplir con espacios 100 por ciento libres de humo y emisiones de tabaco.

El plazo inicia con la publicación de la señalética y manual de uso, informó la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).

En ese lapso, deberán establecer de manera obligatoria la señalética de espacios libres de humo de tabaco y emisiones, con el objetivo de proteger la salud de las personas no consumidoras de productos de tabaco y nicotina.

La primera señalización obligatoria, dijo Cofepris, deberá ubicarse en cada entrada del establecimiento; ésta se compone de un nuevo logotipo y la leyenda: Está prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina.

Además, como establece el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (RLGCT), en los accesos e interior de los establecimientos deben exhibirse letreros que indiquen a la población que se trata de un espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco y emisiones, así como señalizaciones que contengan frases de advertencia sobre su incumplimiento y el número telefónico para presentar quejas y denuncias.

Asimismo, la Comisión dijo que se deberá enmarcar las zonas permitidas para fumar, siempre y cuando estas áreas cumplan las características citadas en el RLGCT.

La señalética de estos espacios mostrará la leyenda “Zona exclusiva para fumar”  ilustrada con pictogramas que simbolizan la prohibición de la presencia de niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas y adultos mayores en dichos espacios,

Para concluir, esta autoridad, puntualizó las sanciones que  impondrá a los establecimientos que no garanticen espacios cien por ciento libres de humo y emisiones: amonestación con apercibimiento; multa que va de una a 100 Unidades de Medidas y Actualización (UMAS), es decir, de los 103.74 a 10 mil 374 pesos mexicanos; y clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total.

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