Guanajuato, Gto., mayo 5 de 2020.- En sesión extraordinaria realizada por videoconferencia, el consejo general del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) se declaró incompetente para autorizarle al Partido Verde Ecologista de México a que utilice su financiamiento público a gastos ajenos a lo establecido por la ley.

Al leer el fundamento de su negativa el consejero presidente, Mauricio Guzmán Yáñez, planteó que el dirigente estatal del partido, Sergio Contreras Guerrero, desea gastar el dinero en la compra de alimento y medicinas para destinarlos a población vulnerable por la pandemia del coronavirus.

“Este consejo general no es competente para atender la solicitud, fundamentalmente porque derivado de establecido en los artículos 92, fracción séptima, en relación con los 47 y 48 de la ley electoral local, de la mano de lo que señala tanto la ley general de partidos, la ley general de procedimientos electorales y todas las reglas de fiscalización, el consejo general no cuenta con atribuciones para pronunciarse sobre dicha petición.”

Los consejeros determinaron que la solicitud sea presentada al INE para que haga un pronunciamiento; y por su parte el representa del partido verde, Gerardo Fernández González, consideró que el IEEG debió autorizar la solicitud porque son recursos estales.

“Ciertamente por ser estos recursos estatales debiera haber un pronunciamiento de si se puede o no ejercer por parte del partido aquí en el estado este presupuesto, en el sentido que viene este proyecto por supuesto que lo que haremos a partir de esto será a través de nuestros representantes nacionales el darle el seguimiento conducente.”

En otro punto de la orden del día el Consejo General del IEEG dio respuesta a una solicitud suscrita por la diputada Martha Isabel Delgado Zárate, presidenta del Congreso del Estado de Guanajuato respecto a la implementación de una consulta a pueblos y comunidades indígenas.

El Consejo General consideró que el IEEG no es competente para llevar a cabo la consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas respecto a las iniciativas de reformas y adiciones a leyes sobre la materia, así como constitucionales, porque “este organismo no cuenta con atribuciones para implementar consultas a pueblos y comunidades indígenas respecto a los actos legislativos que emita el Congreso del estado”.

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