El 1 de octubre iniciará sus funciones el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guanajuato

Guanajuato, Gto., 3 de agosto de 2021. La secretaria de gobierno, Libia Denisse García Muñoz Ledo, dio a conocer que a partir del 1 de octubre del 2021, se pondrá en marcha el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guanajuato, el cual cumplirá con la función conciliatoria laboral obligatoria que deberán agotar los trabajadores y evitar llegar a juicio.
Ante la inminente desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje por las reformas laborales, este centro será un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, contará con plena autonomía técnica, operativas presupuestarias, de decisión y gestión.
Contará con cuatro sedes regionales para dar cobertura a todos los municipios de la entidad, las cuales estarán ubicadas en León, Guanajuato, Irapuato y Celaya.
La Ley fija un límite de 45 días naturales para concluir la etapa de conciliación, el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Guanajuato tiene la obligación de proporcionar asesoría y orientación legal gratuita a las personas que lo soliciten sobre el conflicto laboral en que se encuentren, ayudando incluso a elaborar su petición.
Por otra parte y de manera complementaria, se ha dispuesto que normativamente existan tribunales laborales a cargo del Poder Judicial, los cuales deben entrar en operación también el primero de octubre. A esta instancia solamente podrán recurrir los trabajadores en caso de no llegar a un arreglo en la etapa previa de conciliación.
Todos los conflictos laborales que se presenten hasta el 30 de septiembre, serán atendidos por las Juntas de Conciliación y Arbitraje hasta su conclusión.
Estas acciones se derivan de los tratados firmados entre México, Estados Unidos y Canadá en el marco del T-MEC, en el 2019.
Posteriormente se aprobó por la Cámara de Diputados una serie de modificaciones normativas para dar paso a una nueva Reforma Laboral, en la cual uno de los puntos consiste en la impartición de justicia laboral expedita, con el objetivo de generar juicios laborales más ágiles en presencia de un juez, privilegiando los principios procesales de oralidad, inmediación, continuidad, concentración y publicidad.